¿La e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es válida para suscribir escritos en línea del Poder Judicial de la Federación (PJF)?

¿La e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es válida para suscribir escritos en línea del Poder Judicial de la Federación (PJF)?

¿La e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es válida para suscribir escritos en línea del Poder Judicial de la Federación (PJF)?

¿La e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es válida para suscribir escritos en línea del Poder Judicial de la Federación (PJF)? 

 

Nuestro asociado Eduardo López Rios, te comparte los detalles sobre esta interrogante.

La firma electrónica en la impartición de Justicia ha generado problemas en cuanto a su utilización. Recientemente, la corte resolvió esta problemática estableciendo que las personas morales deben firmar las demandas de amparo de forma física con la firma de su representante, no con la firma electrónica del SAT.

Aspectos destacados

💻 La firma electrónica ha avanzado en la impartición de Justicia.

📝 La corte resolvió la problemática de cómo firmar las demandas de amparo para las personas morales.

🖊️ Se estableció que las demandas de amparo deben ser firmadas físicamente por el representante de la persona moral.

📜 Esta decisión se basa en la Constitución y en convenciones de Derechos Humanos.

🚫 No es válido utilizar la firma electrónica del SAT para firmar las demandas de amparo.

⚖️ Se busca garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva.

📄 Es importante firmar correctamente la demanda de amparo para prevenir problemas legales.

Te compartimos el enlace completo para más información: