SCJN: Prisión Preventiva Justificada, para efectos de su imposición, la carga de la prueba de los hechos indicadores en que se sustente el peligro de sustracción del imputado corresponde a la fiscalía.
SCJN: Prisión Preventiva Justificada, para efectos de su imposición, la carga de la prueba de los hechos indicadores en que se sustente el peligro de sustracción del imputado corresponde a la fiscalía.
Nuestro asociado Mauricio Haber May comparte más detalles sobre esta tesis.
Aspectos Destacados
- 🚨 Se emitió una sentencia de un tribunal colegiado sobre la prisión preventiva justificada, definiendo riesgos procesales y cargas probatorias.
- 🧐 El tribunal analiza el riesgo de fuga, especialmente la falta de arraigo como una hipótesis, exigiendo una carga probatoria alta, más allá de duda razonable.
- 📊 Destaca que la carga probatoria en este contexto es para prever riesgos futuros, no para establecer responsabilidad penal por hechos pasados.
- 🤔 Subraya la importancia de evitar interpretaciones subjetivas del juez y enfatiza la necesidad de datos objetivos y contundentes.
- ⚖️ La sentencia establece límites importantes para la medida cautelar de prisión preventiva, considerada la más restrictiva y potencialmente adelanto de pena.
- 🌐 El fallo destaca la relevancia de proyectar el riesgo de fuga basado en evidencia objetiva para garantizar que la medida sea justificada.
- 🤯 La sentencia enfatiza que la privación de libertad debe fundamentarse en datos tan sólidos que no quede duda de la realidad del riesgo de fuga.